viernes, 12 de febrero de 2010

ESTATUTOS SAT MONIAGRO

ORGANOS DE DIRECCION, ADMINISTRACION Y CONTROL




La S.A.T. será dirigida, administrada y controlada por los siguientes organismos:

A. Asamblea General de Asociados.

B. Junta Directiva.

C. Fiscal.

D. Un director ejecutivo

E. Comités de apoyo



ARTICULO 15- DE LA ASAMBLEA GENERAL. La Asamblea General es la máxima autoridad y estará integrada por todas las personas asociadas legalmente inscritos y que cumplan con los requisitos de forma exigidos por La S. A.T. MONIAGRO.

ARTÍCULO 16- Reuniones de Asamblea General. Las reuniones de Asamblea General son ordinarias y extraordinarias y se llevarán a cabo en el domicilio de La S.A., en el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria.

ARTÍCULO 17- Las reuniones ordinarias de Asamblea General se llevarán a cabo cada tres (3) meses, y deberá convocarse con Quince (15) días de anticipación por escrito al domicilio que tenga registrado cada uno de los asociados.

ARTÍCULO 18- Reuniones extraordinarias. La Asamblea General se reunirá extraordinariamente, cuando las circunstancias lo exijan, y podrá ser convocada por el Presidente, o por un número plural de asociados que represente por lo menos el veinte por ciento (20%) de los asociados o por el fiscal; la convocatoria será por lo menos con quince (15) días de anticipación y se tratará únicamente el tema para el cual se fue convocada.

ARTÍCULO 19 Quórum. La asamblea general de La S.A.T. MONIAGRO de. Moniquirá estará reunida ordinaria o extraordinariamente, podrá instalarse, deliberar y decidir válidamente, cuando estén presentes la mitad más uno como mínimo de los asociados en pleno uso de sus derechos.

PARAGRAFO. A la hora fijada para iniciar la reunión, se llamará a lista y se verificará la existencia del quórum, luego de lo cual se continuará con el orden del día. Si se comprueba la inexistencia del quórum, se dispondrá de un aplazamiento hasta de media hora. Si vencido el aplazamiento y teniendo en cuenta las diferentes circunstancias de movilización y acceso de los asociados por pertenecer a diferentes regiones distantes de la ciudad de domicilio de la SAT no se completa el quórum se suspende la reunión y se dará inicio una hora más tarde, y en esta oportunidad habrá quórum con cualquier número de asistentes a la reunión, de lo anterior se debe dejar constancia en actas.



ARTÍCULO 19 - Funciones de la Asamblea. Son funciones de la Asamblea general:

a. Elegir la junta directiva y el fiscal.

b. Proponer las orientaciones Sociales y Políticas de La S.A.T .en cumplimiento de sus objetivos y fines.

c. Estudiar y evaluar los informes que deban rendir el Presidente, el Tesorero y el Fiscal de La S.A.T MONIAGRO.

d. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos para la vigencia, el cual será presentado por la Junta Directiva.

e. Autorizar al Presidente de la Junta Directiva, para adquirir a cualquier título, poseer, disponer o gravar los bienes muebles e inmuebles que La S.A.T. obtenga o deba obtener para el cumplimiento de sus objetivos.

f. Delegar a la Junta Directiva las funciones y atribuciones necesarias para el cumplimiento y desarrollo de los objetivos de La Red de Artesanos.

g. Autorizar los gastos a la Junta Directiva, al igual que la celebración de contratos de CINCUENTA (50) a CIEN (100) SALARIOS MINIMOS mensuales legales vigentes

h. Aprobar las reformas estatutarias

i. decretar disolución y liquidación de La S.A.T. MONIAGRO, nombrar el Liquidador y en general tomar todas las medidas tendientes a garantizar el correcto funcionamiento de La S.A.T. MONIAGRO.

i. Fijar la cuantía y forma de pago de las cuotas de afiliación, ordinarias y extraordinarias de sostenimiento de La SAT.

j. Todas las demás funciones y atribuciones que le competan de acuerdo con la Ley y las decisiones que se adopten al seno de la Asamblea.

k. Elegir los comités de las diferentes áreas como: de comercialización, de diseño capacitación y técnico, y Social.



ARTÍCULO 20 De la Junta Directiva: Integran la Junta Directiva un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero un fiscal y los comités de apoyo, los cuales serán designados por la Asamblea General. Para un período de dos años, pudiendo ser reelegida hasta por otro período consecutivo.

ARTÍCULO 21 - ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA: Son funciones de la Junta Directiva:

a. Orientar y desarrollar las políticas de La Red de Artesanos, proponiendo la reglamentación correspondiente en cumplimiento de los programas trazados por la Asamblea General.

b. Ejercer la Administración de ---------------------, ejecutar las determinaciones de la Asamblea General.

c. Adoptar su propio reglamento y hacerlo conocer

d. Administrar económica y objetivamente a La Red de Artesanos, utilizando sus fondos y bienes exclusivamente en su objeto social.

e. Calificar la gravedad de las faltas e imponer las sanciones de amonestación, suspensión o expulsión según la gravedad del hecho, de conformidad con el reglamento interno. (es opcional).

f. Poner a disposición de las autoridades competentes para su examen todos los libros, archivos y documentos requeridos para su inspección.

g. Estudiar situaciones generales e individuales que afecten a los asociados, y proponer soluciones a los problemas que los aquejan en el desempeño de sus actividades.

h. Autoriza al Representante legal la celebración de convenios y contratos de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

i. Funcionar como órgano consultivo de los asociados.

j. Proponer ante la Asamblea General la admisión o retiro de asociados.

k. Elaborar el presupuesto de ingresos y gastos para someterlo a la aprobación de la Asamblea General.

l. Fijar mediante resolución las cuotas ordinarias de mantenimiento y las extraordinarias destinadas a fines específicos ya autorizadas por la Asamblea General

m. Ejercer las demás funciones que garanticen el cumplimiento del objeto social de La Red de Artesanos.



ARTICULO 22- DE LAS REUNIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA: La Junta Directiva se reunirá ordinariamente dos (2) veces al mes, previa convocatoria hecha por el Presidente con ocho (8) días de anticipación.

Las reuniones extraordinarias, se realizarán previa convocatoria con 3 días de anticipación, por el presidente, el fiscal o tres de sus miembros.

ARTÍCULO 23- Calidades de los miembros de la Junta Directiva: Para ser elegido miembro de la Junta Directiva se requiere:

1. Ser aprendiz SENA del tecnólogo en administración de empresas agropecuarias -------------------------------------------------------------

2. que sea una persona dinámica, responsable y un alto sentido de altruismo y dedicación.

ARTÍCULO 24- Representación Legal: La Representación Legal de La S.A.T.estará a cargo del Presidente de la Junta Directiva, quien tendrá todas las facultades Administrativas e inherentes al cabal cumplimiento y desarrollo del objetivo social de La Red de Artesanos.

ARTÍCULO 25 Funciones del Presidente:

a. Representar a La S.A.T.en todos los actos públicos y privados judicial y extrajudicialmente y constituir apoderados cuando sea necesario.

b. Presentar informe de sus labores a la asamblea general.

c. Ejecutar los acuerdos y decisiones de la Junta Directiva y la asamblea general.

d. Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes de la entidad.

e. Dirigir, coordinar y controlar las labores fundamentales a la ejecución de los objetivos de La Red de Artesanos.

f. Celebrar convenios y contratos en pro de los objetivos de la entidad de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

g. Celebrar a nombre de La S.A.T.toda clase de operaciones bancarias y actos relacionados con títulos valores.

h. Autorizar con su firma, junto con la del Tesorero el retiro de fondos de las cuentas bancarias DE AHORRO O CORRIENTES que tenga a bien abrir la SAT

i. Convocar a la Junta Directiva y a la asamblea general a sesiones ordinarias y extraordinarias, presidir sus debates.

j. Firmar las actas una vez aprobadas.

k. Nombrar al personal competente para el correcto desarrollo de las actividades administrativas y operativas de la SAT , cuando estas lo ameriten y se estime pertinente teniendo en cuenta para tal fin, la asignación de sus funciones y salarios, previa aprobación de la junta directiva y de la ASAMBLEA DE ASOCIADOS.

l. Las demás que le asignen la Ley, los estatutos y la Junta Directiva.



ARTÍCULO 26- Funciones del Vicepresidente:

Además de participar en todas las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva, le corresponde reemplazar al Presidente en sus faltas temporales, accidentales o absolutas. Y las demás que le sean asignadas por la Junta Directiva o la asamblea general.

ARTICULO 27- Del Secretario. Son funciones del Secretario:

a. Actuar como secretario de la Asamblea General, de la Junta Directiva y del Presidente.

b. Servir de intermediario de las comunicaciones entre terceras personas y la Junta Directiva e informar a la Junta de todos los asuntos que cursen en la Secretaría.

c. Convocar por orden del Presidente o a petición de la mayoría de los miembros o del fiscal a reuniones de Asamblea o junta directiva.

d. Recibir y contestar la correspondencia, preparar las ponencias y documentos de acuerdo con las decisiones del Presidente y la Junta Directiva.

e. Firmar junto con el Presidente las actas aprobadas de las reuniones realizadas.

f. Llevar al día el libro de asociados, los libros de actas.

g. Llevar y mantener al día el archivo de La SAT.

h. Las demás funciones que le sean asignadas.



ARTICULO 28- Del Tesorero. Funciones del Tesorero:

a. Presentar la fianza que le sea asignada para el manejo de los bienes de La SAT

b. Recaudar los fondos de las cuotas periódicas que los socios deben pagar.

c. Llevar permanentemente actualizados los libros contables de SAT, haciéndolos registrar previamente.

d. Llevar el inventario de La SAT.

e. Manejar la custodia de documentos y valores de La SAT.

f. Llevar el listado de aportes y cuotas de sostenimiento que cancelen los socios.

g. Expedir los paz y salvos a los socios.

h. Firmar junto con el Presidente los retiros de fondos de las cuentas bancarias y de créditos.

i. Llevar la Caja menor, su monto será aprobado por la Junta directiva y pagar los gastos menores que hayan sido autorizados por el presidente.

j. Rendir a la Asamblea General el informe de balance.

k. Asistir a las reuniones de la Junta Directiva y presentar los informes que le soliciten.

l. Sujetarse al control del Fiscal permitiendo la revisión de los libros y documentos que estén a su cargo.

m. Las demás funciones que le sean asignadas.



ARTICULO 29. DEL FISCAL. La S.A.T. contara con un fiscal social en cual tendrá las siguientes funciones:

1. Velará por el buen desempeño de todos y cada uno de los miembros tanto de la junta directiva como de los asociados, pudiendo en cualquier momento con la aprobación de la asamblea remover del cargo a cualquiera de los miembros de la junta directiva que no cumpla con los preceptos establecidos para el cumplimiento del objeto de la organización.

2. Velará por la armonía y el trabajo en equipo de la junta directiva sirviendo de conciliador y mediador cuando se presentes situaciones que así lo ameriten dentro de la organización.

1. Convocar a la asamblea a reunión ordinaria cuando no lo haga oportunamente el representante legal, o a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue pertinente

2. Informar oportunamente a la asamblea de asociados y a las autoridades competentes sobre cualquier anomalía o mal funcionamiento de la SAT verificando con anterioridad la aplicación de correctivos pertinentes.

3. las demás que señale la asamblea y que sean inherentes a su cargo.

4. Velar por el cumplimiento de las operaciones de la LA SAT y que estas s e ajusten a las prescripciones legales y estatutarias.

5. velar por que se lleve la contabilidad en la LA SAT y ejercer su fiscalización.

6. Inspeccionar los bienes de la LA SAT y procurar porque se implementen medidas correctivas, de conservación y seguridad de los mismos.

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